La campaña de la Renta ya está en marcha y, para los casi un millón de agricultores y ganaderos que tributan por el sistema de módulos, la declaración del ejercicio 2025 de la Renta trae cambios importantes respecto a los tres ejercicios anteriores.
El más relevante es la desaparición de las reducciones fiscales por la compra de gasóleo agrícola y fertilizantes, que estaban vigentes desde 2022, pero también hay novedades en el IVA que vale la pena saber.
Fechas clave y cómo presentar la declaración
La campaña comenzó el 8 de abril y durará hasta el 30 de junio. Desde el 29 de abril se puede pedir cita previa para recibir atención telefónica, que empieza concretamente el 6 de mayo. Además, la atención presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria comienza el 1 de junio, con cita disponible desde el 29 de mayo.
Para los que les salga a pagar y lo quieran hacer mediante domiciliación bancaria, deben presentar la declaración antes del 25 de junio, y puede hacerse por internet, identificándose con certificado digital, sistema Cl@ve o número de referencia, por teléfono o de manera presencial.
¿Cómo tributan los agricultores y ganaderos? ¿Qué es el sistema de módulos?
La mayoría de los agricultores y ganaderos de España tributan por el sistema de estimación objetiva, conocido como módulos. En lugar de calcular el impuesto sobre los ingresos y gastos reales del año, este sistema aplica unos índices fijados por Hacienda según el tipo de actividad. Es un sistema más sencillo a nivel administrativo, pensado para facilitar el cumplimiento fiscal a los trabajadores del sector.
Para el ejercicio 2025 se mantiene el límite de 250.000 euros de ingresos anuales para poder seguir en el sistema de módulos, lo que permite que un mayor número de agricultores y ganaderos continúe en este régimen simplificado.
El cambio más importante: adiós a las reducciones por gasóleo y fertilizantes
Esta es la novedad que más impacto tiene en la declaración del ejercicio 2025. Durante los tres años anteriores (2022, 2023 y 2024), los agricultores y ganaderos podían reducir su rendimiento neto previo en el 35% del precio pagado por el gasóleo agrícola y en el 15% del precio de los fertilizantes. Estas reducciones se aplicaron como medida excepcional para compensar el encarecimiento de los costes de producción.
Veamos un ejemplo para entender el impacto que esta medida tenía. El profesional que gastó 10.000 euros en gasóleo durante 2024, que es el último año en que se pudo aplicar la reducción, pudo restar 3.500 euros de su rendimiento neto previo. El que gastó 5.000 euros en fertilizantes pudo restar 750 euros adicionales. Ahora, en el ejercicio 2025, ya no se puede aplicar ninguna de estas reducciones, lo que significa que se incrementa la base imponible para quienes necesitan utilizar estos recursos.
Lo que sí se mantiene: la reducción general del 5%
No todo son malas noticias para el sector. De cara al ejercicio 2025, se mantiene la reducción general del 5% sobre el rendimiento neto de módulos, aplicable a todos los declarantes de este régimen. Es una reducción de menor impacto que las del gasóleo y los fertilizantes, pero que sigue aliviando ligeramente la carga fiscal de los profesionales del sector.
Novedades en el IVA: dos cambios que benefician al sector
En cuanto al IVA, hay dos novedades relevantes para el ejercicio 2025 de la declaración de la Renta que conviene conocer.
La primera afecta al Régimen Especial de la Agricultura, Ganadería y Pesca (REAGP), que es el sistema por el que la mayoría de agricultores y ganaderos tributan el IVA de forma simplificada. Hasta ahora, la compensación que recibían los agricultores por sus ventas dentro de este régimen computaba como ingreso a efectos de calcular si superaban el límite de 250.000 euros para poder seguir en el sistema de módulos. Desde el ejercicio 2025, esa compensación ya no se incluye en el cómputo. Esto significa que muchos productores que antes podían quedar excluidos del sistema de módulos por superar ese límite, ahora podrán seguir acogidos a él.
La segunda novedad afecta específicamente a los productores de aceite de oliva. Desde el 1 de enero de 2025 y con carácter permanente, el aceite de oliva pasó a tributar al tipo superreducido del 4% de IVA, tras las rebajas temporales aplicadas en 2023 y 2024, al ser considerado un producto de primera necesidad. Para los productores que tributan por el régimen simplificado, esto implica una menor cantidad de IVA a ingresar a Hacienda.

Ver comentarios 3
Buen análisis, ayuda a entender el contexto de la noticia.
Se agradece el rigor y las fuentes contrastadas.
Excelente trabajo de la redacción, como siempre.