La jubilación demorada es un tipo de opción voluntaria a la que se pueden acoger todos los trabajadores que deseen alargar su vida laboral, siempre que cumplan los requisitos establecidos por la ley. La principal ventaja que ofrece este sistema es que el trabajador recibe “un incentivo económico que incrementa la cantidad de su futura pensión” a cambio de retrasar la edad de jubilación, tal y como explica Isabel Ramos, directora del departamento laboral de Unive Abogados.
Por su parte, la Seguridad Social establece hasta tres vías posibles para efectuar el modelo de cobro. El trabajador puede escoger entre aumentar el porcentaje de la base reguladora por cada año completo cotizado después de superar la edad ordinaria de jubilación, recibir un pago único anual que, en función del tiempo cotizado, oscilaría entre los 4.800 y los 13.500 euros o bien, acogerse a un sistema mixto que combina las dos opciones anteriores.
¿Cuál de las tres modalidades de cobro resulta más beneficiosa?
La abogada Olga Cornejo, responsable del área laboral de TKL-Think Legal, señala que “no existe una respuesta única”, dado que influyen factores que afectan individualmente a cada trabajador, como pueden ser “la liquidez, la esperanza de vida, la fiscalidad y el perfil de riesgo del trabajador”. Ahora bien, con carácter general, sí que se pueden identificar una serie de ventajas e inconvenientes de cada modalidad.
Por un lado, se encuentra la opción de aumentar un porcentaje adicional de la base reguladora en función de los años demorados. Este sistema es muy beneficioso para los trabajadores que han cotizado más de 46 años y 5 meses debido a que el aumento sería del 4%, en vez del 2% que se aplica a las personas que no han alcanzado esta cantidad de años trabajados.
Las ventajas de esta modalidad se reflejan a largo plazo, especialmente si el trabajador obtiene una alta esperanza de vida. Es importante tener en cuenta que este incremento en la base que calcula la pensión es vitalicio y se actualiza con la revalorización anual de pensiones. Asimismo, la especialista Cornejo destaca que este sistema ayuda al trabajador a “protegerse frente a la inflación”.
En contraposición, se trata de una modalidad que no ofrece una liquidez inmediata y, por tanto, no es recomendable para trabajadores con necesidades económicas urgentes. Además, si el trabajador fallece de manera temprana, “el incentivo podría no haberse amortizado”, según explican desde Unive Abogados.
En cuanto a la vía del pago único, cabe remarcar que se trata de la mejor opción para los trabajadores que necesiten liquidez inmediata, así como para los que tengan una esperanza de vida más baja. Esta inyección económica anual puede estar sujeta a ventajas fiscales en el IRPF y en caso de que se invierta correctamente puede generar un rendimiento superior.
Ahora bien, el principal riesgo de esta modalidad es la devaluación del dinero. Mientras que en el porcentaje anual el incremento se realiza conforme a la revalorización de las pensiones, en el pago único la cantidad recibida puede ir perdiendo valor. Asimismo, una mala planificación financiera o una larga esperanza de vida son factores que pueden hacer perder poder adquisitivo al trabajador si escoge esta alternativa. Es importante ser conscientes de que en esta opción “la pensión mensual no aumenta”, tal y como explica Olga Cornejo.
Finalmente, la tercera vía de cobro es la modalidad mixta, que es una vía que aporta una mayor flexibilidad, dado que ofrece liquidez y un incremento vitalicio y permite diversificar el riesgo. Esta alternativa es ideal para las personas que atraviesen situaciones de incertidumbre económica y de salud.
No obstante, la abogada Cornejo alerta que esta opción, cuyo cálculo es complejo, “no maximiza ninguno de los beneficios por separado y requiere la existencia de una planificación financiera detallada por parte del trabajador”.

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Buen análisis, ayuda a entender el contexto de la noticia.
Se agradece el rigor y las fuentes contrastadas.
Excelente trabajo de la redacción, como siempre.