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Los gerentes de la justicia

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Actualizado hace 1270 d Contrastado por la redacción Cómo lo hemos informado

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  • 01Desde el 24 de enero, los letrados de la Administración de Justicia o LAJ (antiguos secretarios judiciales) están en huelga indefinida por la falta de reconocimiento profesional –y no solo retributivo– por el Ministerio de Justicia a raíz de las funciones adjudicadas in crescendo desde la ley 13/2009, de Reforma para la Implantación de la Nueva Oficina Judicial.
  • 02En la práctica, su función se asimila a la de gerentes de la oficina judicial.
  • 03Para acceder al cuerpo de LAJ se debe superar una oposición, y su promoción dentro del mismo es por concurso de méritos.
  • 04Una de las funciones que la ley les tiene conferidas es la de la fe pública judicial, así para otorgar poderes, notificar y certificar resoluciones, trámites y diligencias, declaraciones, etcétera.

Desde el 24 de enero, los letrados de la Administración de Justicia o LAJ (antiguos secretarios judiciales) están en huelga indefinida por la falta de reconocimiento profesional –y no solo retributivo– por el Ministerio de Justicia a raíz de las funciones adjudicadas in crescendo desde la ley 13/2009, de Reforma para la Implantación de la Nueva Oficina Judicial. En la práctica, su función se asimila a la de gerentes de la oficina judicial.

Para acceder al cuerpo de LAJ se debe superar una oposición, y su promoción dentro del mismo es por concurso de méritos. Una de las funciones que la ley les tiene conferidas es la de la fe pública judicial, así para otorgar poderes, notificar y certificar resoluciones, trámites y diligencias, declaraciones, etcétera. Pero también librar los mandamientos judiciales de pago, de anotación y cancelación de cargas. Asimismo, resolver en los procedimientos monitorios, expedientes de jurisdicción voluntaria, en fases de ejecución (decretos de adjudicación, lanzamientos), en mediación y conciliación. También la ley concursal les adjudica un papel relevante en la tramitación de procedimientos de insolvencia.

La importancia de dicha función, y de su muy correcto desempeño, la valoraremos en los próximos meses, pues ahora ya se están produciendo suspensiones en cadena de diligencias judiciales de todo tipo: sin audiencia previa no puede celebrarse un juicio, sin un juicio no recae una sentencia y sin su notificación no gana firmeza. Entramos en una auténtica espiral negativa en una Administración de Justicia ya de por sí históricamente infrafinanciada.

Los efectos de la huelga indefinida, derivada de la repetida falta de atención gubernamental a los anticipados avisos de los LAJ, provocará una intensa actividad, pues las diligencias judiciales deberán comprimirse en el calendario, o bien un retraso monumental en el tiempo para encajarlas. Además, la notificación de las resoluciones judiciales ya dictadas, pero pendientes de traslado a las partes, provocará un auténtico colapso en la interposición de los oportunos recursos de todo tipo.

Como siempre, la disfunción provocada por la evidente sordera ministerial la padecerá la ciudadanía que solicita el auxilio de la justicia. ¿Tan difícil es un acercamiento que impida planteamientos agoreros?

Pese al desprecio del poder ejecutivo, los LAJ no están limitando sus actuaciones durante los servicios mínimos a diligencias de mero trámite, sino que atienden también otras con mayor trascendencia, dando muestras con ello de una responsabilidad y respeto del que debiera tomar debida nota la otra parte.

LM
Leandro Martínez-Zurita
Columnista

Forma parte de la redacción de La Vanguardia.

Ver comentarios 3
Las normas de la comunidad aplican.
ML
Marta L.Suscriptorhace 12 min

Buen análisis, ayuda a entender el contexto de la noticia.

JP
Joan P.Suscriptorhace 28 min

Se agradece el rigor y las fuentes contrastadas.

RV
Roberto V.hace 1 h

Excelente trabajo de la redacción, como siempre.