La sección contencioso-administrativa del Tribunal de Instancia de Lleida ha celebrado este lunes cuatro vistas de reclamaciones patrimoniales presentadas por regantes afectados por el cierre del canal de Urgell durante la sequía del 2023 que reclaman entre 2.000 y 6.000 euros a la Comunitat General de Regants dels Canals d’Urgell.
En los próximos meses están previstas una veintena de vistas de regantes que consideran que la Comunidad no actuó correctamente y les ha causado un daño superior a la compensación que les pagó la Generalitat, según el abogado de buena parte de los denunciantes, Luis Alberto Mir. El lunes hay programados tres juicios más.
“Estas personas se sienten de alguna manera maltratados por la comunidad de regantes a la que pertenecen porque piensan que no se les tuvo en cuenta al tomar decisiones unilateralmente, se les cobró la cuota y no pudieron regar” ha asegurado el letrado.
Primera condena
Los juicios de estos días son los primeros desde que en febrero de 2025 se dio la primera condena a la Comunitat General de Regants dels Canals d’Urgell a indemnizar a un agricultor que no pudo regar por el cierre del canal en 2023.
Es un agricultor de Castellnou de Seana que presentó reclamación patrimonial porque a finales de marzo de 2023 sembró maíz sin que nadie le avisara de la situación que vendría al cabo de unas semanas.
En la sentencia, el magistrado hizo constar que el cierre del canal y la decisión sobre el destino final del agua que pudo suministrarse a finales de abril, que se utilizó para supervivencia de los árboles frutales, fue tomada por la comunidad general demandada.
Asimismo, según el juez, no cabe duda de que quien “maneja” la información oficial y más “técnicamente fidedigna” sobre la situación de sequía, también era la comunidad, por las fuentes de información que tiene sobre la situación hídrica de la cuenca.
En la sentencia también se recuerda que la Comunitat General de Regants dels Canals d’Urgell, aunque gestiona fines públicos, al mismo tiempo debe satisfacer los intereses privados de sus miembros y que el derecho al uso del agua es igual para todos los regantes y proporcional a la superficie regable, según se dispone en las mismas ordenanzas de la comunidad en el en artículo 54.
El juez consideró que la comunidad intentó esquivar su eventual responsabilidad con el agricultor que presentó la reclamación patrimonial, alegando una causa de “fuerza mayor” y con una serie de explicaciones que “no pueden prosperar”.

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Buen análisis, ayuda a entender el contexto de la noticia.
Se agradece el rigor y las fuentes contrastadas.
Excelente trabajo de la redacción, como siempre.