Dos sentencias. En los dos casos, de gran relevancia política, pública e institucional. La primera, entre otras cosas, concluye, como hecho “probado, que fue el acusado, o una persona de su entorno inmediato y con su conocimiento, quien entregó el correo para su publicación”. La segunda, conocida ayer, dice que “No sabemos, en suma, quien o quienes ejercieron presión o ascendencia sobre los responsables de realizar la tarea de torcimiento del Derecho, ni en que concretos actos se materializó el influjo”.
La primera sirvió para condenar al entonces Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, por filtrar un email sobre la causa contra el novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. La segunda, para hacer lo mismo con David Sánchez, hermano del presidente del gobierno. ¿Podríamos hablar de justicia por aproximación o de baja precisión? No sabemos quién fue exactamente, ni cómo... pero algo huele a podrido. Siempre en la misma dirección política, claro.
La causa contra Sánchez, “el hermanísimo”, arrancó en mayo de 2024, tras una denuncia del inefable mercenario Manos Limpias, por los supuestos delitos de acceder a un empleo en la Diputación de Badajoz creado a su medida, enriquecimiento ilícito, fraude fiscal y absentismo laboral (una idea sugerente para Alberto Núñez Feijóo, la vía penal, en el nuevo frente que ha abierto en este último asunto). Pese a la endeblez de la acusación, la instrucción judicial siguió adelante, aunque eso sí, en un lúcido precedente del método Peinado, exploró otras vías. Ya puestos. En este caso, la de la prevaricación administrativa y el tráfico de influencias.
Como se ha dicho al principio, la de ayer, descarta la existencia de pruebas de ese supuesto tráfico: no ha “quedado acreditado si la toma de decisión [de crear el cargo] se hizo a petición de [David Sánchez] o de persona o personas del entorno (!ay el entorno¡) del beneficiario o si tal decisión se realizó “motu proprio” con el designio de favorecer al señor David Sánchez por su relación de parentesco con quien era una figura política señera y futuro secretario general del PSOE, por reelección en el cargo”.
Debería tenerse en cuenta que en las fechas que se crea la plaza en la diputación de Badajoz, el 10 y 11 de octubre de 2016, Pedro Sánchez acaba de ser defenestrado de la secretaría general del PSOE en un tumultuoso Consejo federal y pocos días después, esa “figura política señera” dejará incluso de ser diputado en el Congreso. Valiente y visionaria apuesta pues la del presidente de la Diputación pacense.
Lo más relevante de esta sentencia es que señala un camino a la respuesta de la Audiencia de Madrid a los recursos contra las decisiones del juez Juan Carlos Peinado, instructor del caso contra Begoña Gómez, la esposa del presidente, abierto por las mismas fechas que las del hermano. Razonamiento que se resume en una idea de Séneca: ya que hemos llegado hasta aquí, que el tiempo invertido no haya sido en balde.

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Buen análisis, ayuda a entender el contexto de la noticia.
Se agradece el rigor y las fuentes contrastadas.
Excelente trabajo de la redacción, como siempre.