La comisión de Justicia del Congreso ha aprobado esta mañana la iniciativa de Sumar para conceder la nacionalidad española a las personas nacidas en el Sáhara Occidental durante la administración española, acaecida entre 1884 y 1977, y sus descendientes. La propuesta ha prosperado con los votos a favor de los socios del Gobierno. PP y Junts se han abstenido y Vox se ha manifestado en contra.
La norma establece un procedimiento específico para que los nacidos en ese territorio antes de 1977 y sus descendientes directos puedan solicitar la ciudadanía mediante diversos medios de prueba. Además, propone modificar el Código Civil para reducir a solo dos años el tiempo de residencia legal requerida para que este colectivo acceda a la naturalización.
Así, la solicitud para la adquisición de la nacionalidad “no estará sujeta a gravamen alguno y se presentará en el plazo de tres años desde la entrada en vigor de esta Ley”. Los solicitantes deberán haber nacido en el Sahara Occidental “antes del 11 de agosto de 1977”. Para probarlo, se podrán aportar medios como el DNI español, aunque ya no esté vigente, el recibo de inscripción en el censo para el Referéndum del Sahara Occidental expedido por la Organización de las Naciones Unidas o un certificado de nacimiento debidamente legalizado entre otros medios de prueba.
Además de las pruebas de nacimiento, los interesados tendrán que adjuntar una “certificación vigente acreditativa de la ausencia de antecedentes penales, legalizada o apostillada” de los países donde se haya residido en los últimos cinco años. La resolución de concesión o denegación de la nacionalidad deberá dictarse en un “plazo de doce meses desde su recepción”. Si pasa este tiempo sin respuesta, la solicitud “se entenderá desestimada por silencio administrativo”.
Una vez concedida la nacionalidad, la persona solicitante dispondrá del plazo de un año para cumplir con el “juramento o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes” ante el Encargado del Registro Civil competente. El incumplimiento de este trámite en el plazo previsto “producirá la caducidad del procedimiento”.
Además, se prevé que los descendientes directos en primer grado puedan también “optar por la nacionalidad española” en un plazo de cinco años desde que sus progenitores la inscriban en el Registro Civil. Sumar calcula que unas 80.000 personas podrán beneficiarse de esta nueva normativa. La ley ha sido aprobada hoy por la Comisión de Justicia, se prevé que el Pleno la confirme en el próximo periodo de sesiones tras las vacaciones de agosto, después será enviada al Senado para concluir con su tramitación.

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Buen análisis, ayuda a entender el contexto de la noticia.
Se agradece el rigor y las fuentes contrastadas.
Excelente trabajo de la redacción, como siempre.