El Supremo ha entrado hoy en un terreno inexplorado, sobre el que no había doctrina. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal ha acordado en una votación que sienta jurisprudencia, que unos padres o allegados muy directos de una persona que pide la eutanasia pueden frenar ese derecho a una muerte digna.
Encima de la mesa para tomar esta histórica decisión, los magistrados tenían el caso de Francesc Augé, el vecino de Vallirana de 55 años que aguarda vía libre desde septiembre de 2024 para ejercer su derecho a morir. Esa eutanasia quedó frenada al oponerse el padre de Francesc -ese progenitor tiene 95 años- a las intenciones de su hijo.
La decisión del Pleno se ha aprobado por mayoría: a favor han votado 23 magistrados; en contra, 9. La sentencia del Supremo se dará a conocer en los próximos días.
El caso de Francesc ha llegado a ese alto tribunal semanas después de que otra eutanasia aprobada, la de Noelia Castillo, tardara dos años en hacerse realidad tras la frontal oposición del padre de la joven, representado por Abogados Cristianos. Noelia tuvo que pasar hasta por cinco instancias judiciales hasta conseguir la autorización para esa muerte digna.
El caso de Francesc ha seguido un camino judicial diferente al de Noelia; en el primer asunto se ha buscado dictar doctrina
En el caso de Francesc el asunto ha llevado otro derrotero judicial -diferente al camino seguido por Noelia- que es lo que ha elevado el asunto hasta el Tribunal Supremo. La causa de Francesc ha llegado hasta esa Sala de lo Contencioso-Administrativo por el recurso de casación interpuesto por la Generalitat contra una sentencia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC), que quitó la razón dada a Francesc por una jueza de Barcelona y admitió el recurso de su padre.
El TSJC estimó que “los padres pueden tener un interés legítimo en que sus hijos permanezcan con vida” Y fue más lejos al fallar que ese “interés” podría incluso prevalecer “en situaciones de desencuentro o conflictos familiares” al primar en estos casos “la preocupación paternofilial”.
La votación del Supremo de esta mañana recoge esta tesis, con lo que rechaza el recurso de la Generalitat y confirma la sentencia del Superior de Justícia que dio la razón al padre de Francesc, que ahora ve paralizada otra vez su petición
Pero la Generalitat buscó algo más con este recurso contra el fallo del TSJC. Se planteó para abrir en esa sala de lo Contencioso el debate y acabar con una laguna judicial que da pie a diferentes interpretaciones. Lo que se pretendía, y se ha conseguido, es que la decisión del alto tribunal traspasara el caso de Francesc. Lo votado hoy en ese pleno va a sentar jurisprudencia y será la norma a seguir a partir de ahora para todos los casos futuros en los que se plantee un recurso contra una eutanasia.
Los magistrados de lo Contencioso han hecho suya la postura de la Fiscalía, que es partidaria de la “legitimación” de familiares
Los magistrados hacen suya también, con esta decisión, la tesis la Fiscalía del Supremo. Esa instancia ya desveló semanas atrás su postura ante este dilema. Defendía lo que ahora será norma, que los parientes más cercanos sí estén legitimados para personarse en estos procesos, pero solo si se demuestra que esas personas (un padre, una madre o un hermano) tienen “un intenso vínculo afectivo” con la persona que pide una eutanasia en el momento en el que se ejercita ese derecho.
Los fiscales dejan claro -lo que se augura se va a recoger en la sentencia futura- que no basta la genética o compartir unos apellidos para frenar uno de esos procesos. La relación entre las partes afectadas, reiteran, tienen que se muy estrecha.
La Fiscalía dejó, por otro lado, muy claro que en estos procesos no pueden intervenir terceras personas. Y al hablar el Supremo solo de “personas allegadas” se da por hecho que se va a cerrar la puerta a asociaciones ideológicas o ultras, como Abogados Cristianos. Están detrás del recurso contra la eutanasia de Francesc, como lo estuvieron con el caso de Noelia. Sin interés directo, no hay legitimación.
Con la nueva norma se cierra la puerta a estos procesos a grupos ultras, como Abogados Cristianos
Pero en este debate hay otra postura: la que sostiene que en un proceso de eutanasia solo debe de decidir la persona que la pide. Es la que defiende la abogada de Francesc Augé, Montse Bel y el espíritu que tenía la ley cuando fue concebida.
Esa letrada apuntaba a La Vanguardia antes de conocerse el resultado de la votación de los magistrados que si el Supremo recogiera la tesis de la Fiscalía -como así ha sido- y fijara que los familiares directos sí están legitimados para frenar uno de esos procesos, esa jurisprudencia no encajaría con el caso de Francesc.
La letrada de Francesc apunta que en el recurso de su padre para frenar esa muerte han entrado personas ajenas a la familia
Y es que a pesar de que Bel reconoce que la relación de su cliente con su padre “es ahora buena”, apunta que el hombre, de avanzada edad, “ha sido manipulado por su entorno para que se opusiera a esa eutanasia”.
La vulnerabilidad de este anciano, añade la letrada, “ha sido aprovechada por personas ajenas a la familia para frenar el proceso”. Y ahí entró también Abogados Cristianos. Así que Bel estima que en este caso no se cumple la premisa de “relación muy estrecha” que recoge la nueva doctrina, pues aquí, sostiene, el papel de terceras personas que nada tienen que ver con el solicitante “ha sido determinante”.
El Tribunal Supremo ya dejó claro en su auto de admisión para estudiar el asunto que se daba ese paso para “determinar cuáles son los requisitos y circunstancias que permiten establecer la concurrencia de un interés legítimo de un tercero” en una petición de eutanasia. Es lo que se ha hecho.
Con lo votado esta mañana en ese tribunal se va mucho más allá del caso concreto de Francesc, apuntan fuentes jurídicas. En esa sala de lo Contencioso se ha dibujado el marco jurídico a partir del cual se van a resolver, a partir de ahora, todas las impugnaciones contra eutanasias en España.
Francesc Augé solo pedía una cosa, que esta votación no le concede. Que le dejen ejercer su derecho a una muerte asistida y digna sin interferencias para poner fin, repite, a su sufrimiento tras dos infartos y cuatro ictus, que le han dejado secuelas y un fuerte malestar psicológico y físico permanente.
Su eutanasia estaba programada para septiembre del 2024 –recibió el visto bueno de la Comissió de Garantia i Avaluació de Catalunya (CGAC)-, pero una demanda de su padre la paralizó y después la Generalitat llevó el debate al Supremo. Si pierde esta batalla Francesc volverá a la casilla de salida, sin que nada de lo conseguido hasta la fecha haya servido, en su caso, para nada.

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Buen análisis, ayuda a entender el contexto de la noticia.
Se agradece el rigor y las fuentes contrastadas.
Excelente trabajo de la redacción, como siempre.